Cumplimiento ambiental

Permiso de vertimientos en Bogotá

Conozca cuándo se requiere permiso de vertimientos, qué obligaciones aplican a las descargas al alcantarillado y cómo debe analizarse la procedencia de inscripción en el RUPS.

Análisis técnico-jurídico con base en la Ley 142 de 1994, la Ley 1955 de 2019 y la Resolución 631 de 2015.

Respuesta directa

¿Cuándo se necesita permiso de vertimientos?

El permiso de vertimientos se exige para la descarga de aguas residuales a aguas superficiales, aguas marinas o al suelo, según las condiciones establecidas en la normativa ambiental.

Una descarga al alcantarillado público no requiere ese permiso.

Esto no significa que la descarga quede libre de controles. Continúan aplicando parámetros, caracterización, seguimiento, condiciones del prestador del alcantarillado y requerimientos de la autoridad ambiental.

Dos asuntos diferentes

Permiso y cumplimiento no significan lo mismo

Una operación puede no requerir permiso de vertimientos y aun así estar sometida a obligaciones técnicas, ambientales y documentales.

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Permiso de vertimientos

Corresponde al trámite ambiental aplicable a determinadas descargas sobre cuerpos de agua, aguas marinas o suelo.

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Cumplimiento de parámetros

Corresponde a la obligación de revisar la calidad del agua, los límites aplicables, la caracterización y las condiciones de la descarga.

Una descarga puede no requerir permiso de vertimientos y, al mismo tiempo, estar sometida a límites máximos permisibles, caracterización, seguimiento y control.

Resolución 631 de 2015

La descarga al alcantarillado también debe controlarse

La Resolución 631 de 2015 establece parámetros y valores límites máximos permisibles para vertimientos puntuales a cuerpos de aguas superficiales y a sistemas de alcantarillado público.

Caracterización

La empresa debe conocer la composición físico-química del agua residual y verificar si corresponde a una descarga doméstica o no doméstica.

Actividad económica

Los parámetros aplicables dependen del proceso que genera el agua residual y de las sustancias presentes en la descarga.

Prestador del alcantarillado

Deben observarse las condiciones técnicas y operativas definidas por el prestador del sistema público de alcantarillado.

Soporte documental

Deben conservarse resultados de laboratorio, registros, certificados y demás soportes de la gestión realizada.

Análisis frente al RUPS

La obligación debe revisarse según la operación real

La procedencia de inscripción en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos —RUPS— no depende únicamente de que una empresa utilice equipos de succión-presión, vehículos cisterna o una planta de tratamiento.

Para establecer las obligaciones aplicables debe analizarse si la organización actúa como prestador de un servicio público domiciliario o desarrolla actividades complementarias sometidas al régimen de la Ley 142 de 1994.

La Ley 142 define el servicio público domiciliario de alcantarillado como la recolección municipal de residuos, principalmente líquidos, mediante tuberías y conductos. También contempla actividades complementarias de transporte, tratamiento y disposición final.

La utilización de equipos móviles o infraestructura de tratamiento es relevante para caracterizar la operación, pero no genera por sí sola una exclusión automática del régimen de servicios públicos.

Soporte operativo

VertiLegal estructura el análisis y AQUAPLUS soporta la operación

PSYS integra el análisis técnico-jurídico con infraestructura, tratamiento y trazabilidad documental verificable.

Recepción y tratamiento

Recepción de aguas residuales transportadas, previa validación técnica, programación e ingreso a la infraestructura de PSYS.

Trazabilidad

Control de ingreso, identificación del vehículo, volumen recibido y registros asociados al tratamiento.

Certificados verificables

Emisión de certificados digitales asociados a la recepción, tratamiento y disposición final.

Auditorías e interventorías

Soporte documental para procesos de control contractual, auditoría ambiental y debida diligencia.

Respuestas institucionales

Estructuración de respuestas técnicas y jurídicas para clientes, autoridades y áreas de cumplimiento.

Evacuación y transporte

Cuando se requiere succión, Vactor o transporte, el alcance operativo se gestiona mediante AQUAPLUS.

Referencias

Normas y documentos considerados

Ley 142 de 1994

Régimen de los servicios públicos domiciliarios y actividades complementarias.

Ley 1955 de 2019

El artículo 13 establece reglas relacionadas con el permiso de vertimientos.

Resolución 631 de 2015

Parámetros y valores límites máximos permisibles para vertimientos puntuales.

Conceptos SDA 00021 y 00026 de 2019

Antecedentes jurídicos considerados para el análisis de operaciones en Bogotá D.C.

Radicado SSPD 20234031196041

Pronunciamiento particular del 29 de marzo de 2023, sujeto a su contenido y alcance específico.

Registro SDA 00117 de 2016

Antecedente administrativo asociado a la operación de PSYS S.A.S. E.S.P. en Bogotá.

Los conceptos, radicados y actos administrativos particulares deben interpretarse respetando los hechos analizados, su destinatario y su alcance. Esta página es informativa y no reemplaza un concepto técnico-jurídico emitido para un caso concreto.

Preguntas frecuentes

Permiso, alcantarillado y RUPS

¿Cuándo se requiere permiso de vertimientos?

Se requiere para determinadas descargas de aguas residuales a aguas superficiales, aguas marinas o al suelo, de acuerdo con las condiciones establecidas por la normativa ambiental.

¿Una descarga al alcantarillado necesita permiso?

No requiere el permiso previsto para descargas a cuerpos de agua, aguas marinas o suelo. Sin embargo, debe cumplir los parámetros, condiciones y controles aplicables.

¿La ausencia de permiso elimina las obligaciones ambientales?

No. La descarga puede estar sometida a caracterización, límites máximos permisibles, seguimiento y requerimientos del prestador o de la autoridad ambiental.

¿Toda actividad de transporte o tratamiento exige RUPS?

La procedencia del RUPS debe analizarse según las características reales de la operación. No debe afirmarse una inclusión o exclusión general sin revisar el caso concreto.

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